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VOLUMEN VII
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO IV
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CAPÍTULO I
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SECCIÓN III
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Dispóngase el control médico físico y psíquico periódico para el personal que cumple tareas en el Cementerio, para:
a) Detectar, estimar y controlar los riesgos psicológicos, físicos químicos y biológicos que se pueden originar por el medio laboral en el que se desempeñan.
b) Desarrollar procedimientos tendientes a efectivizar las inmunizaciones que las leyes nacionales determinen como obligatorias y aquellas que por la índole del trabajo, la moderna técnica sanitaria lo aconseje.-
c) Realizar los estudios de focos de enfermedades transmisibles que se presentan, coordinando su acción con otros organismos sanitarios o municipales.-
| Fuente | Observaciones | |
| Res.ID. 03809/2017 de 2017-06-01 | Artículo 11 |