Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.524


Artículo D.524

(De la Habilitación).

La habilitación de las mencionadas empresas, será concedida por la Intendencia Departamental de Maldonado, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos por el presente Decreto y su reglamentación. La misma será de carácter precario y revocable.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3975/2017 de 2017-10-24 Artículo 2