Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.534


Artículo D.534

(Del transporte de contenedores "volquetas").

Los contenedores "volquetas" que no posean tapa y lleven residuos, deberán ser transportados cubiertos con lona o red a fin de evitar voladuras de su contenido.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3975/2017 de 2017-10-24 Artículo 12