|
VOLUMEN VI
|
||
|
LIBRO I
|
||
|
PARTE
|
||
|
TÍTULO XIX
|
||
|
CAPÍTULO I
|
||
|
SECCIÓN I
|
Red de Vialidad
Se prevén afectaciones para mejorar la conectividad en el territorio, definiendo estructuradores departamentales de 30 metros (en azul), y avenidas secundarias de 17 metros (en verde).
El carácter de esta avenida que en algunos tramos tiene un ancho de 80 metros entre límites de propiedad, se deberá definir:
Vía conectora con accesos mínimos cada 1000m sin generar más de los existentes y reduciendo en lo posible los más cercanos entre sí, de forma de concentrar los cruces peatonales y vehiculares.
Calzadas de servicio se conformarán como avenidas, a ambos lados de la vía conectora jerarquizando el transporte público con una vía diferencial, las paradas, las ciclovías, las veredas y arbolado público.
Los accesos a los padrones frentistas a la Ruta, se realizarán a través de estas calzadas de servicio, no directamente desde la vía conectora.
IN 3 a- Plano de estructura Territorial - Vialidad 03/11/14
| Fuente | Observaciones | |
| Dto.Jta.Dep. 3933/2015 de 2015-04-07 | Artículo 13 |