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VOLUMEN VII
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO V
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CAPÍTULO I
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SECCIÓN I
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La solicitud de habilitación se presentará con toda la documentación correspondiente con una antelación no menor a 10 días hábiles a la fecha del evento ante la Dirección General de Higiene y Medio Ambiente o el Municipio competente. La Dirección General referida o el Municipio correspondiente, podrá requerir información adicional al gestionante y deberá expedirse respecto de la aprobación o no de la solicitud dentro del plazo de 5 días hábiles a partir de que cuente en su poder con todos los recaudos necesarios.La falta de pronunciamiento en el plazo antes referido implicará el rechazo ficto de la solicitud.
Cométese a la Dirección General de Higiene y Medio Ambiente la elaboración de un instructivo con los recaudos que deberán presentarse junto con la solicitud -ante la misma o Municipio correspondiente-, debiendo acreditarse de acuerdo a las características de las fiestas, lo siguiente:
La Dirección de Medio Ambiente de la Intendencia de Maldonado, realizará un estudio previo de la solicitud y en caso de considerar que podría provocarse con la realización del evento la modificación antes referida, mandará que se obtenga la autorización indicada; en caso contrario, no se requerirá esa autorización.
En el supuesto de realizarse en la faja de defensa costera, se exigirá:
Además, en la franja costera no se autorizará el ingreso y/o la circulación con ningún tipo de rodado, pudiendo suspenderse el permiso otorgado en forma inmediata.
Cualquier daño constatado será de responsabilidad del autorizado, debiendo suspenderse toda actividad ante el requerimiento de esta Intendencia.
El permiso otorgado no implicará el cierre de la playa a la población en general.
| Fuente | Observaciones | |
| Res.ID. 00815/2017 de 2017-02-01 | Artículo 2 |