Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.135


Artículo R.135

Delégase en el Dirección General de Vivienda, Desarrollo Barrial y Salud y en la Dirección General de Asuntos Legales, en forma indistinta, disponer la formulación de denuncia penal en aquellos casos en que se constate la ocupación ilegítima de bienes inmuebles de propiedad departamental.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 01407/2017 de 2017-02-20 Artículo 1