Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.136


Artículo R.136

Delégase en el Dirección General de Vivienda, Desarrollo Barrial y Salud y en la Dirección General de Asuntos Legales, en forma indistinta, disponer la formulación de denuncia penal en aquellos casos en que se constate la ocupación ilegítima de bienes inmuebles de propiedad departamental.



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Fuente Observaciones
Res.ID. 01407/2017 de 2017-02-20 Artículo 1