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VOLUMEN VI
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO XXIX
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CAPÍTULO I
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SECCIÓN I
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Categoría del Suelo:
4.1.-Declárese como Suelo Suburbano (SS) a los padrones antes mencionados (Nros. 31960, 31969 y 31970 de la tercera Sección Judicial del departamento de Maldonado).
4.2.- Declárese suelo Suburbano de Fragilidad Ecosistémica (SSF) a la zona de los anteriores padrones que se encuentra debajo de la TR100 (cota +42.00m sobre el cero oficial) y a las servidumbres non edificandi de 10 metros a ambos lados de las cañadas a partir del eje de la misma, sectores que se encuentran parcialmente en el Espacio Libre A y el Espacio Libre B, según Plano Proyecto de Fraccionamiento de mayo de 2024 del Ingeniero Agrimensor Juan Ignacio Bonilla y Plano de Categorización de Suelo L2227_L4 de marzo de 2024, de fojas 421 y 422 del expediente 2022-88-01-18662.
| Fuente | Observaciones | |
| Dto.Jta.Dep. 4117/2025 de 2025-12-09 | Artículo 4 |