Digesto Departamental
Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.738


Artículo D.738

Azoteas.

Podrán ampararse al presente Decreto Departamental las obras realizadas sin permiso de construcción en las azoteas de los edificios construidos por régimen de propiedad horizontal.

En este caso y cuando no se ajusten a la normativa vigente, se deberán aplicar las tasas y los recargos por el régimen común, no aplicándose quita o exoneración alguna al respecto.



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Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 4118/2026 de 2026-04-28 Artículo 7