Digesto Departamental
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Detalle de Artículo D.604


Artículo D.604

Objetivo de la Sectorización Ambiental.

La Sectorización Ambiental es una figura o modo sintético de ordenamiento territorial que tiene por objetivo fijar el perfil de cada ámbito territorial, privilegiando una aprehensión de conjunto que articule sus atributos ecológicos, paisajísticos, productivos y culturales con su potencial territorial asociado a un desarrollo sostenible y con los criterios congruentes de subdivisión del suelo, de ocupación y uso del mismo.

La Sectorización Ambiental tiene su correspondencia en la Categorización administrativa del suelo, que es una manera protocolizada en la legislación uruguaya a partir de la Ley N° 18.308 de junio del 2008.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 4119/2026 de 2026-04-28 Artículo 7