Digesto Departamental
Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.593


Artículo D.593

El incumplimiento en el pago de 3 cuotas consecutivas hará caer la financiación otorgada de pleno derecho, restableciéndose los montos adeudados a sus valores originales, con las multas y recargos que correspondieren.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 4125/2026 de 2026-09-15 Artículo 6