Digesto Departamental
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Detalle de Artículo D.325


Artículo D.325

Adecúase el Presupuesto por Programa de sueldos, gastos e inversiones, establecido por el Decreto Departamental Nº 4114/2025, de acuerdo a lo dispuesto en el presente Decreto Departamental y los siguientes anexos, que forman parte de éste:

Anexo 1- Cuadro Resumen Presupuesto 2027-2030.

Anexo 2- Resumen Financiero.

Anexo 3- Sueldos y Gastos.

Anexo 4- Inversiones.

Anexo 5- Junta Departamental.

Anexo 6- Egresos Financieros.

Anexo 7- Ingresos.

Anexo 8- Estructura de Cargos Presupuestales.

Ajústense los Anexos con el objetivo de dar cumplimiento a las siguientes disposiciones:

A) Establécese el refuerzo de las políticas públicas alimentarias, reasignando anualmente $ 2.400.000 (pesos uruguayos dos millones cuatrocientos mil) desde el rubro 5790000 “Otras Prestaciones” del programa 010800 Departamento de Planeamiento y Presupuesto, al rubro 5111000 “Alimentos para personas” del programa 010700 “Departamento de Desarrollo e Integración Social”.

B) Increméntase en $ 4.800.000 (pesos uruguayos cuatro millones ochocientos mil) anuales, el Rubro 5529000 “Transferencias Corrientes al Sector Privado no incl. Anteriores” del programa 011900 Departamento de Vivienda y Desarrollo Barrial, desde el rubro 5221000 “Publicidad”, del programa 017000 “Intendente”, con objeto de fortalecer los subsidios de alquiler para hogares monoparentales.

C) Dispónese para la implementación del “Boleto Dorado Departamental” una reasignación presupuestal anual de $ 10.000.000 (pesos uruguayos diez millones), que se detraerá del Programa 510871 “Plataformas”, Rubro 5299000 “Otros Servicios No Personales no Incluidos en los Anteriores”, incrementándose en igual monto el crédito del Programa 011300 “Departamento de Movilidad”, Rubro 5529000 “Transferencias Corrientes al Sector Privado no Incluidas en las Anteriores”.

D) Reasígnase la suma de $ 9.520.700 (pesos uruguayos nueve millones quinientos veinte mil setecientos) anuales, rubro 5221000 “Publicidad” del programa 017000 “Intendente” al rubro 5529000 “Transferencias corrientes al sector privado no incl. anteriores” del programa 010700 “Departamento de Desarrollo e Integración Social”, a efectos de incrementar los cupos del programa Uruguay Impulsa. La ampliación del cupo, no podrá superar el límite que se establezca legalmente.

E) Increméntase en la suma de $ 3.500.000 (pesos uruguayos tres millones quinientos mil) anuales el programa 011800 “Departamento de Gestión Territorial”, rubro 5282000 “Servicios profesionales y técnicos”, desde el programa 010800 “Departamento de Planeamiento y Presupuesto”, rubro 5281000 “Estudios, investigaciones y proyectos de factibilidad”, con el objetivo de fortalecer las capacidades técnicas de dicho Departamento.

F) Dispónese reasignar la suma anual de $ 625.000 (pesos uruguayos seiscientos veinticinco mil) del rubro 5221000 “Publicidad” del programa 017000 “Intendente” al rubro 5529000 “Transferencias corrientes al sector privado no incl. anteriores” del programa 011300 “Departamento de Movilidad”, con destino a línea social de transporte público en el Municipio de Pan de Azúcar.

G) Establécese un refuerzo de $ 10.000.000 (pesos uruguayos diez millones) anuales al monto asignado en el artículo 13 a distribuir entre todos los programas del Presupuesto Participativo, manteniéndose el criterio de distribución establecido en dicha disposición, reasignándose desde el Rubro 5299000 “Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores” del Programa 010800 “Departamento de Planeamiento y Presupuesto”.

H) Dispónese la suma de $ 20.000.000 (pesos uruguayos veinte millones) para el año 2029, del Rubro 5299000 “Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores” del programa 017000 “Intendente” al Programa 510855 “Obras varias”, Rubro 5389000 “Otras construcciones de dominio público” del “Departamento de Planeamiento y Presupuesto” para la financiación exclusiva de un horno crematorio en la Necrópolis de Maldonado.

I) Dispónese la suma de $ 5.000.000 (pesos uruguayos cinco millones) para el año 2027, del Rubro 5221000 “Publicidad” del Programa 017000 “Intendente” al Programa 510508 “Máquinas y equipos”, Rubro 5359000 “Otros” del “Departamento de Obras Públicas” para la financiación de un camión barométrico para prestar servicios en la zona de La Capuera.

J) Dispónese reasignar los créditos asignados al objeto 5381000 “Viviendas” al objeto 5382000 “Otras Edificaciones”.

K) Reasígnase la suma de $ 25 (pesos uruguayos veinticinco) anuales contenida en cada uno de los objetos 5042000 (Compensaciones), 5042009 (Partida Extraordinaria), 5042035 (Tareas Insalubres) y 5044000 (Antigüedad) al objeto 5099000 (Otras retribuciones).

A tales efectos, el Ejecutivo Departamental deberá realizar las correcciones pertinentes a fin de ajustar los Anexos a lo establecido precedentemente.



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