Digesto Departamental
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Detalle de Artículo D.366


Artículo D.366

CAPÍTULO V

Transparencia

Transparencia y rendición.

El Ejecutivo Departamental publicará anualmente, en el sitio web institucional, un informe con los resultados del programa, el listado de empresas distinguidas por nivel y los indicadores ambientales previstos en el artículo 32º literal d), así como su evolución. 

El informe incluirá, asimismo, el número de postulaciones, solicitudes aprobadas y rechazadas, distribución por tamaño de empresa y sector de actividad, motivos generales de rechazo, cantidad de sellos suspendidos o revocados y en caso de establecerse beneficios fiscales, el monto de la renuncia fiscal correspondiente.



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