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VOLUMEN II
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LIBRO V
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO II
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SECCIÓN XVI
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Autorización
Facúltese a los Municipios a definir, dentro de la asignación del artículo 13º los montos máximos por proyecto;
b) la distribución territorial de los recursos, pudiendo dividir su jurisdicción en zonas según su realidad territorial y asignar cuotas que aseguren la participación de sus localidades;
c) las líneas temáticas o prioridades locales;
d) las modalidades de convocatoria, difusión e instancias participativas locales;
e) la creación de instancias locales de seguimiento y control.
Las decisiones deberán respetar los principios y garantías de esta Sección.
Nota: Vigencia: ver artículo 2º del Decreto Departamental Nº 4124/2026.
| Fuente | Observaciones |
| Dto.Jta.Dep. 4124/2026 de 2026-09-09 | Artículo 21 |