Digesto Departamental
Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.250


Artículo D.250

Autorización

 Facúltese a los Municipios a definir, dentro de la asignación del artículo 13º los montos máximos por proyecto;

b) la distribución territorial de los recursos, pudiendo dividir su jurisdicción en zonas según su realidad territorial y asignar cuotas que aseguren la participación de sus localidades;

c) las líneas temáticas o prioridades locales;

d) las modalidades de convocatoria, difusión e instancias participativas locales;

e) la creación de instancias locales de seguimiento y control.

Las decisiones deberán respetar los principios y garantías de esta Sección.


Nota: Vigencia: ver artículo 2º del Decreto Departamental Nº 4124/2026.


Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 4124/2026 de 2026-09-09 Artículo 21