Digesto Departamental
Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.251


Artículo D.251

Límites

 En ejercicio de esa facultad los Municipios no podrán:

a) apartarse de los principios del artículo 11º

b) excluir áreas del artículo 15º;

c) reducir la asignación del artículo 13º,

d) reasignar los recursos del programa a otros destinos;

e) restringir injustificadamente el universo de participantes;

f) menoscabar las garantías y procedimientos de esta Sección.


Nota: Vigencia: ver artículo 2º del Decreto Departamental Nº 4124/2026.


Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 4124/2026 de 2026-09-09 Artículo 22