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VOLUMEN II
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LIBRO V
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO II
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SECCIÓN XVI
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Refuerzo con recursos propios
Los Municipios podrán reforzar el programa con recursos adicionales de su programa presupuestal, dentro de su asignación total autorizada y sin comprometer los servicios e inversiones ya presupuestados.
Dichos recursos mantendrán su afectación al programa y se sujetarán a los principios y procedimientos de esta Sección.
Nota: Vigencia: ver artículo 2º del Decreto Departamental Nº 4124/2026.
| Fuente | Observaciones |
| Dto.Jta.Dep. 4124/2026 de 2026-09-09 | Artículo 23 |