Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.151


Artículo R.151

Ajústense los valores del Impuesto de Contribución Inmobiliaria Urbana y Suburbana, Adicional Impuesto General Municipal, Adicional Impuesto de Alumbrado Público, Adicional de videovigilancia pública, Tasa de Conservación de Pavimento, a partir del 1° de enero del 2024 en un 4,96% (cuatrocon noventa y seis por ciento).



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 09973/2019 de 2019-12-30 Artículo 1
Res.ID. 11195/2023 de 2023-12-13 Artículo 1