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VOLUMEN VIII
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LIBRO III
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO I
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| SECC. ÚNICA | Anillo I - Arcobaleno |
Declárese bien de interés y significación Patrimonial Departamental (Artículo 18 Categoría b) (Artículo19, Inciso 1), otorgándosele el mayor nivel de protección (Artículo 20, Inciso 2 in fine) Grado de Protección 1, al Anillo I de la Copropiedad Ciudad Arcobaleno, situado en el padrón 1095 N - Manzana 370, Calles Francisco Acuña de Figueroa entre calle Arcobaleno, Fort Wayne y Martiniano Chiossi, así como los espacios exteriores vinculados (enjardinado exterior, accesos, estacionamientos, rampas, puentes de conexión con núcleo central, Convention Center, salón Río de la Plata y espacios circundantes, piscina, trampolín y acceso al núcleo central).-
| Fuente | Observaciones |
| Res.ID. 04101/2011 de 2011-06-06 00:00:00 | Artículo 1 |
Exclúyase expresamente de la declaración y del Grado de Protección 1 a las unidades habitacionales, las que podrán proceder a las mejoras que sean necesarias en su interior, respetando la integridad física del bien, así como la composición y materialidad de su superficie de fachada.
| Fuente | Observaciones |
| Res.ID. 04101/2011 de 2011-06-06 00:00:00 | Artículo 2 |
En caso de ser necesarias intervenciones de cualquier tipo en el Anillo I, entorno y núcleo central, deberá procederse a consultar al a Comisión Departamental de Patrimonio, quien asesorará y coordinará con los interesados las acciones a desarrollar, tendientes a la preservación de este emblemático bien.
| Fuente | Observaciones |
| Res.ID. 04101/2011 de 2011-06-06 00:00:00 | Artículo 3 |