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VOLUMEN II
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO IV
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CAPÍTULO II
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SECCIÓN I
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Delégase en el Director General de Hacienda la facultad de contratar directamente o por el procedimiento que por razones de buena administración determine, en las situaciones y causales previstas por el artículo 33 numeral 3 del TOCAF dando inmediata cuenta al delegante, conforme lo establece el inciso 3 del artículo 481 de la Ley. 15.903.
| Fuente | Observaciones |
| Res.ID. 73/2006 de 2006-01-04 00:00:00 | Artículo 1 |