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VOLUMEN IV
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO III
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CAPÍTULO V
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SECCIÓN I
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La Dirección de Tránsito y Transporte fijará las zonas de estacionamientos en los lugares de destino, quedando facultada para determinar el tiempo que permanecerán los vehículos en los radios de estacionamiento y la capacidad máxima de dichos radios.
| Fuente | Observaciones |
| Dto.Jta.Dep. 3667 de 1992-12-23 00:00:00 | Artículo 24 |
Dicha Dirección fijará también los puntos de parada (detención para ascenso y descenso de pasajeros) condicionando la frecuencia de las mismas a las necesidades de los usuarios y del servicio.
| Fuente | Observaciones |
| Dto.Jta.Dep. 3667 de 1992-12-23 00:00:00 | Artículo 25 |