Digesto Departamental

Artículo R.59

La presentación de las solicitudes se hará a través de formularios que serán entregados en la División de Desarrollo Local y en las Juntas Locales del Departamento. El gestionante deberá completar un FORMULARIO DE PROYECTO, para lo cual contará con la asistencia de los funcionarios de la dependencia receptora.

Fuente Observaciones
Res.ID. 2278/2006 de 2006-06-12 00:00:00 Artículo 1

Artículo R.60

De acuerdo a la complejidad del proyecto se podrán solicitar datos complementarios y/o un estudio económico-financiero.

Fuente Observaciones
Res.ID. 2278/2006 de 2006-06-12 00:00:00 Artículo 1

Artículo R.61

Se podrá exigir a los beneficiarios la participación en talleres gratuitos de capacitación que serán dictados por los técnicos de la unidad.

Fuente Observaciones
Res.ID. 2278/2006 de 2006-06-12 00:00:00 Artículo 1