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VOLUMEN IV
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO II
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CAPÍTULO I
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SECCIÓN X
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Otórgase sin cargo licencias de conducir motos, motonetas y ciclomotores a aquellos funcionarios que cumplen tareas que requieren hacer uso de dichos vehículos oficiales Municipales, no teniendo validez ninguna si la misma es usada en vehículos no Municipales.
| Fuente | Observaciones |
| Res.ID. 2944/1996 de 1996-10-24 00:00:00 | Artículo 1 |
La validez de la licencia será de tres años debiendo la Dirección de Licencias de Conducir otorgar las mismas una vez aprobado por el funcionario el examen teórico y práctico correspondiente.
| Fuente | Observaciones |
| Res.ID. 2944/1996 de 1996-10-24 00:00:00 | Artículo 2 |