Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.146


Artículo R.146

La forma de pago para crédito de ampliación será similar a los artículos D.139, D.140 y D.142.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 4053/1992 de 1992-09-28 Artículo 1