Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.212


Artículo R.212

En todos aquellos casos que se compruebe en infracción, arrojando basuras, escombros y materiales en desuso, a camiones o similares, se aplicarán las sanciones de retiro de libreta de propiedad del vehículo y conductor, por los términos establecidos en las disposiciones vigentes, deteniéndose el vehículo en infracción hasta que medie resolución sobre el mismo.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 5551/1978 de 1978-05-25 Artículo 1