Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.82


Artículo D.82

Directrices Específicas según la dimensión Ecosistémica.

a) Manejo integrado de los recursos hídricos. Recuperación, conservación y desarrollo sustentable de los recursos hídricos principalmente el frente marítimo, los humedales, el sistema lagunar y el sistema insular.

Líneas de acción:

a1) coordinación de políticas respecto al sistema costero. Recuperación, conservación y desarrollo sustentable de los recursos hídricos principalmente el frente marítimo, los humedales, el sistema lagunar y el sistema insular;

a2) gestión y conservación de las condiciones ambientales de la Laguna del Diario (compartido con Directriz de la Microrregión Punta Ballena);

a3) concreción de figuras de Protección para las áreas de interés ecosistémico, vinculado a la propuesta del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas y las áreas de conservación departamentales.

a4) Orientar el desarrollo del sistema urbano;

a5) Proteger los recursos naturales y su biodiversidad, incorporando entre otras, medidas de protección, definiendo corredores biológicos y/o Áreas de protección paisajística de escala local, como el Cerro Juncal, Cerro de las Cuevas, Cuchilla Doña Petrona (Cerro del Peñasco) y Cerro Pelado, etc;

a6) Definir áreas de tutelas hidrobiológicas en las márgenes de los cursos y cuerpos de agua de escala local , excluyendo del proceso urbanizador las áreas inundables, como Cañada de la Cantera y Cañada del Marrero, y Cañada Aparicio y sus respectivos afluentes.

b) Puesta en valor de la flora y fauna local.

Línea de acción: relevamiento y difusión de capacidades y valores.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3867 de 2010-04-27 Artículo 34
Dto.Jta.Dep. 4101/2024 de 2024-11-05 Artículo 17