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VOLUMEN II
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO III
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CAPÍTULO II
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SECCIÓN III
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Las Resoluciones que expida el Ejecutivo Comunal excepto las dictadas en ejercicio de atribuciones delegadas o subdelegadas serán numeradas correlativamente en series que abarcarán cada una, un año completo. Cada serie se iniciará con el número 1 y se diferenciará con el agregado - separado por un trazo - de las últimas cifras del año correspondiente y la inserción de la letra R. (Ej. R. 1/1991).
| Fuente | Observaciones | |
| Res.ID. 908/1992 de 1992-02-12 | Artículo 1 |