|
VOLUMEN II
|
||
|
LIBRO II
|
||
|
PARTE
|
||
|
TÍTULO III
|
||
|
CAPÍTULO II
|
||
|
SECCIÓN III
|
Compete a la Dirección de Secretaría de la Intendencia Municipal la numeración de las resoluciones y reglamentos que dicte el Ejecutivo Comunal. Quien deberá remitir a la Dirección del Diario Oficial las ordenanzas aprobadas y las resoluciones dictadas, cuya publicación se haya ordenado.
| Fuente | Observaciones | |
| Res.ID. 908/1992 de 1992-02-12 | Artículo 1 |