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VOLUMEN II
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LIBRO V
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PARTE
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TÍTULO II
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CAPÍTULO III
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SECCIÓN I
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Serán cometidos de la Mesa Departamental de Jóvenes:
a) Asesorar al Área de la Juventud de la Intendencia a propósito de las políticas de juventud;
b) Participar junto al responsable del Área de la Juventud en actividades vinculadas a la temática;
c) Impulsar la creación de Mesas Locales de Juventud en las distintas zonas del departamento.
| Fuente | Observaciones | |
| Dto.Jta.Dep. 3843 de 2008-10-06 | Artículo 94 |