Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.459


Artículo D.459

La presente Tasa de Higiene y Salubridad se pagará en forma anual, encomendándose su reglamentación al Ejecutivo Departamental.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3996/2018 de 2018-10-09 Artículo 15