Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.523


Artículo D.523

Decláranse parte de los padrones N°24976, N°24977, N° 24978 y N° 24979, como Suelo Suburbano (SS), correspondiente a las fracciones 1 al 26 , los espacios libres denominados A, B y C y los pasajes peatonales de acceso a la anteplaya F, G, H e I ; la faja de ribera de 150m se declara como Suelo Rural Natural (SRN), según plano proyecto de fraccionamiento del Ing. Sergio Bonilla de Mayo de 2021 obrante a fs. 272 y plano de categorización de suelo obrante Fs 241.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 4056/2022 de 2022-08-16 Artículo 2