Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.528


Artículo D.528

Red vial

El ingreso a los lotes y a los espacios públicos se realizará exclusivamente por una calle de servicio a ejecutar en la servidumbre de paso de 10m de ancho, que solo se conectará con la Ruta 10 en sus extremos.

Previo a la aprobación del plano proyecto de fraccionamiento se deberá presentar el proyecto vial de la calle de servicio a ejecutar en la servidumbre de paso.

Solo se permiten pasarelas peatonales en los espacios públicos A, B y C, previendo barreras físicas para impedir el paso de automóviles.

Las obras necesarias para acceder desde Ruta 10 en forma segura serán de costo del fraccionador incluyendo la señalización y deberán contar con la aprobación del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) y la Intendencia Departamental de Maldonado, según corresponda.

 



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 4056/2022 de 2022-08-16 Artículo 7