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VOLUMEN VI
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO XXVIII
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CAPÍTULO I
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SECCIÓN I
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Red vial
El ingreso a los lotes y a los espacios públicos se realizará exclusivamente por una calle de servicio a ejecutar en la servidumbre de paso de 10m de ancho, que solo se conectará con la Ruta 10 en sus extremos.
Previo a la aprobación del plano proyecto de fraccionamiento se deberá presentar el proyecto vial de la calle de servicio a ejecutar en la servidumbre de paso.
Solo se permiten pasarelas peatonales en los espacios públicos A, B y C, previendo barreras físicas para impedir el paso de automóviles.
Las obras necesarias para acceder desde Ruta 10 en forma segura serán de costo del fraccionador incluyendo la señalización y deberán contar con la aprobación del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) y la Intendencia Departamental de Maldonado, según corresponda.
| Fuente | Observaciones | |
| Dto.Jta.Dep. 4056/2022 de 2022-08-16 | Artículo 7 |