Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.262


Artículo D.262

Dentro de cada ejercicio y hasta el 31 de diciembre de cada año, los créditos podrán ser traspuestos, de acuerdo a los siguientes criterios:

1) Entre Programas:

Serán autorizados por el Ejecutivo Departamental siempre que no se afecte el cumplimiento de los objetivos propuestos por el programa.

2) Dentro de un mismo Programa y Departamento:

Las trasposiciones deberán ser autorizadas por el Director General del Departamento de Hacienda. En todos los casos, las trasposiciones autorizadas deberán cumplir las siguientes condiciones:

A. Sólo se podrá trasponer -con las limitaciones establecidas- hasta el monto del crédito disponible no comprometido, manteniendo el equilibrio presupuestal.

B. Grupo 0. Sólo se podrán realizar trasposiciones dentro del propio grupo. Los créditos de este grupo no podrán ser reforzantes de ningún otro grupo de gastos. Del mismo modo, no podrá recibir refuerzos de ningún otro grupo de gastos.

C. Grupo 1. Se podrá trasponer entre sí, hacia el resto de los grupos, excepto los grupos 0 y 7; y desde los grupos 2, 3, 5 y 7. El objeto 141 no podrá ser reforzante.

     Grupo 2. Se podrá trasponer entre sí, hacia el resto de los grupos, exceptuando el grupo 0 y 7; y desde los grupos 1, 3, 5 y 7. Los objetos del sub-grupo 21 no podrán ser reforzantes.

     Grupo 3. Sólo se podrá trasponer entre sí y hacia el resto de los grupos exceptuando los grupos 0, 6 y 7 y recibir trasposiciones desde los grupos 1, 2, 3, 5 y 7.

     Grupo 5. Se podrá trasponer entre sí y hacia el resto de los grupos, excepto los grupos 0 y 7, y desde los grupos 1, 2, 3, 5 y 7.

     Grupo 6. Se podrá trasponer entre sí, y desde el resto de los grupos, excepto los grupos 0 y 3.

     Grupo 7. Se podrá trasponer entre sí y hacia el resto de los grupos, excepto el grupo 0.

3) Las trasposiciones en los programas de los Municipios seguirán los criterios establecidos en el presente artículo. Dentro del programa de cada Municipio se podrán trasponer créditos únicamente por acto administrativo del Concejo Municipal, a excepción del Grupo 0.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 4114/2025 de 2025-12-02 Artículo 8