Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.265


Artículo D.265

Fácultase al Ejecutivo Departamental, por razones de buena administración y previo informe del Departamento de Hacienda, a mantener los cargos y funciones contratadas disponibles como consecuencia de los retiros incentivados. Disponer las modificaciones y transformaciones y/o fusiones necesarias conducentes a racionalizar denominaciones de cargos o contratos de función pública para contemplar necesidades de la Administración, sin que ello signifique aumento de las partidas presupuestales, ni lesión de derechos funcionales a los funcionarios de carrera. Todo lo que se informará previamente a la Junta Departamental.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 4114/2025 de 2025-12-02 Artículo 11