Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.97


Artículo D.97

Habilítase al Ejecutivo Departamental a instrumentar un procedimiento de gestión de permiso de construcción autogestionado.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 4114/2025 de 2025-12-02 Artículo 47