Digesto Departamental
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Detalle de Artículo D.651


Artículo D.651

Usos prohibidos.

En el Semi anillo de Áreas Húmedas de la Cuenca Baja de la Laguna del Sauce se prohíben todos aquellos usos que no están expresamente permitidos o condicionados en este plan.

Ello incluye:

a. La aplicación de agroquímicos en todas las modalidades.

b. No se permitirá la ganadería en modalidades de producción de carne por animales encerrados en corrales.

c. La forestación con especies alóctonas, en especial las invasoras y la forestación industrial.

d. Nuevos cultivos agrícolas.

e. Nuevas obras viales fuera de las zonas de camino público oficiales existentes.

f. Nuevas prospecciones y explotaciones mineras. Se encomienda al Ejecutivo Departamental coordinar con el Ministerio de Industria y Energía la implementación de esta pauta.

g. No se permitirá en ningún caso construir sobre humedales u otras acciones que transformen, destruyan o atenten contra el humedal como ecosistema ni estructural ni funcionalmente.



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Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 4119/2026 de 2026-04-28 Artículo 54