Digesto Departamental
Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.330


Artículo D.330

Actualízase la partida prevista en el artículo 56, literal B) del Decreto Departamental Nº 4036/2021, la que quedará fijada en la suma de hasta $ 5.400.000 (pesos uruguayos cinco millones cuatrocientos mil) anuales, que se ajustará en las mismas condiciones y oportunidades que las retribuciones de los funcionarios municipales.

Dicho monto está expresado a valores 1º de enero de 2026.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 4124/2026 de 2026-09-09 Artículo 6