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VOLUMEN XI
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO III
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CAPÍTULO II
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SECCIÓN IV
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Transparencia y control.
Créase una Comisión de Seguimiento del Programa, integrada por representantes de la Dirección de Descentralización (coordinación), de los Concejos Municipales, de la Junta Departamental —uno por partido político con representación en la misma.
La Comisión monitoreará la ejecución de los proyectos y remitirá a la Junta Departamental un informe semestral.
La participación de la Junta será sin perjuicio de sus facultades de contralor conforme al artículo 18 de la Ley Nº 19.272.
| Fuente | Observaciones |
| Dto.Jta.Dep. 4124/2026 de 2026-09-09 | Artículo 19 |