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VOLUMEN XI
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO III
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CAPÍTULO II
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SECCIÓN IV
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Rendición de cuentas.
Los Municipios publicarán semestralmente un informe de los proyectos presentados, seleccionados, ejecutados y en ejecución, con información financiera y de avance físico.
La publicación se hará en el sitio institucional, en formato de datos abiertos y reutilizables, con georreferenciación cuando resulte técnicamente posible, y se remitirá a la Junta Departamental.
La información permitirá identificar, como mínimo, el proyecto, su ubicación, monto asignado, monto ejecutado, estado de ejecución y avance físico.
| Fuente | Observaciones |
| Dto.Jta.Dep. 4124/2026 de 2026-09-09 | Artículo 20 |