Digesto Departamental

Artículo R.151

Ajústense los valores del Impuesto de Contribución Inmobiliaria Urbana y Suburbana, Adicional Impuesto General Municipal, Adicional Impuesto de Alumbrado Público, Adicional de videovigilancia pública, Tasa de Conservación de Pavimento, a partir del 1° de enero del 2024 en un 4,96% (cuatrocon noventa y seis por ciento).

Fuente Observaciones
Res.ID. 09973/2019 de 2019-12-30 00:00:00 Artículo 1
Res.ID. 11195/2023 de 2023-12-13 00:00:00 Artículo 1

Artículo R.152

Fíjanse los siguientes valores mínimos para los siguientes tributos:

CONCEPTO VALOR
Impuesto de Contribución Inmobiliaria urbana y suburbana $ 3.903,oo
Adicional Impuesto General Municipal $ 3.784,oo
Adicional Impuesto de Alumbrado Público $ 1.872,oo
Adicional de videovigilancia pública $    199,oo
Tasa Conservación de Pavimento $ 1.872,oo
Tasa Forestal UR 0,001 por m2

 

Fuente Observaciones
Res.ID. 09973/2019 de 2019-12-30 00:00:00 Artículo 2
Res.ID. 11195/2023 de 2023-12-13 00:00:00 Artículo 2