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VOLUMEN XI
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO III
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CAPÍTULO I
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SECCIÓN V
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En los procedimientos competitivos de contratación pública realizados por la Intendencia Departamental, para la comparación de precios, se otorgará un margen de preferencia a los bienes, servicios y obras públicas de empresas radicadas en el Departamento.
| Fuente | Observaciones |
| Dto.Jta.Dep. 4114/2025 de 2025-12-02 00:00:00 | Artículo 41 |
El margen de preferencia mencionado en el artículo anterior, será del 4 % (cuatro por ciento) del precio total a ser considerado en la comparación de ofertas y se aplicará en todos los procedimientos competitivos y siempre que la empresa no posea antecedentes negativos con la Intendencia Departamental.
| Fuente | Observaciones |
| Dto.Jta.Dep. 4114/2025 de 2025-12-02 00:00:00 | Artículo 42 |
El margen de preferencia deberá hacerse constar en los Pliegos de Bases y Condiciones.
| Fuente | Observaciones |
| Dto.Jta.Dep. 4114/2025 de 2025-12-02 00:00:00 | Artículo 43 |
Se considerarán empresas radicadas en el departamento aquellas cuyo domicilio fiscal originario se ubique en el Departamento de Maldonado.
| Fuente | Observaciones |
| Dto.Jta.Dep. 4114/2025 de 2025-12-02 00:00:00 | Artículo 44 |
Facúltase al Ejecutivo Departamental la reglamentación de las disposiciones precedentes referidas en esta Sección.
| Fuente | Observaciones |
| Dto.Jta.Dep. 4114/2025 de 2025-12-02 00:00:00 | Artículo 45 |