Digesto Departamental

CAP. ÚNICO Alquiler de Caballos
SECC. ÚNICA
Artículo R.280

Dispónese que la Dirección de Limpieza sólo podrá  expedir permisos para la explotación de alquiler de caballos, sulkys o similares, a aquellos permisarios que acrediten el origen de los animales autorizados.

Fuente Observaciones
Res.ID. 508/1992 de 1992-01-20 00:00:00 Artículo 1

Artículo R.281

La certificación del origen requerida será expedida por la Oficina Coordinadora Dptal. de DICOSE previa verificación y apoyo de la Guarda Rural.

Fuente Observaciones
Res.ID. 508/1992 de 1992-01-20 00:00:00 Artículo 2