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VOLUMEN IV
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO XIII
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CAPÍTULO XII
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SECCIÓN I
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Encomiéndase al Ejecutivo a que dentro de los doce meses de aprobada la reglamentación establecida en el numeral precedente, se realice un estudio de impacto y desarrollo de la actividad, dando cuenta del mismo a la Junta Departamental, el cual podrá ser tenido en cuenta a los efectos de determinar eventuales modificaciones al presente Decreto.
| Fuente | Observaciones | |
| Dto.Jta.Dep. 4001/2018 de 2018-11-27 | Artículo 28 |