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VOLUMEN IV
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO VII
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CAPÍTULO I
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SECCIÓN III
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Los vehículos afectados al servicio de entrega deberán encontrarse en buen estado de funcionamiento, debiendo cumplir con las exigencias de la Ley N.º 18.191, el Artículo 10º de la Ley N.º 19.061, y el Decreto del Poder Ejecutivo N.º 118/984 (Reglamento Nacional de Circulación Vial), y sus respectivas normas modificativas.
Los mismos deberán también estar empadronados en el departamento deMaldonado.
| Fuente | Observaciones | |
| Res.ID. 05251/2025 de 2025-06-16 | Artículo 8 |