Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.165


Artículo D.165

Facúltase al Ejecutivo Departamental la reglamentación de las disposiciones precedentes referidas al permiso de construcción autogestionado.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 4114/2025 de 2025-12-02 Artículo 55