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VOLUMEN VI
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO XI
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CAPÍTULO III
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| SECC. ÚNICA | Única |
Requisitos de Elegibilidad.
Facúltase al Ejecutivo Departamental a establecer los requisitos que deberán cumplir las empresas interesadas en la obtención del distintivo.
Dichos requisitos tendrán fundamento técnico y atenderán, como mínimo, a las diferentes graduaciones del Sello, la adecuada gestión de residuos, el uso eficiente de agua y energía, y el compromiso de mejora continua verificable, entre otros.
Los requisitos y criterios de evaluación deberán ser proporcionales a la escala, sector de actividad y significación de los impactos ambientales de la empresa postulante.
La matriz técnica será pública e incluirá indicadores verificables, documentación exigida, metodología de evaluación, condiciones de renovación y causales de rechazo.
| Fuente | Observaciones |
| Dto.Jta.Dep. 4124/2026 de 2026-09-09 | Artículo 35 |
Nota: Vigencia: ver artículo 2º del Decreto Departamental Nº 4124/2026.
Acompañamiento a las MIPYMES
El Ejecutivo Departamental establecerá una modalidad de acceso diferenciada para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, que contemple asesoramiento técnico gratuito, requisitos y plazos adecuados a su escala y la simplificación de los trámites de postulación y renovación.
El programa dispondrá de instancias de acompañamiento previas a la evaluación.
El informe anual previsto en el presente decreto departamental incluirá la cantidad de MIPYMES postulantes, asistidas y distinguidas, a fin de evaluar el acceso efectivo al programa.
| Fuente | Observaciones |
| Dto.Jta.Dep. 4124/2026 de 2026-09-09 | Artículo 36 |
Nota: Vigencia: ver artículo 2º del Decreto Departamental Nº 4124/2026.
Modalidades de Graduación
Con el propósito de motivar la mejora progresiva de las empresas, el Sello Verde Maldonado se otorgará bajo una modalidad escalonada que constará de los siguientes niveles de distinción:
a) Inicial -Compromiso ambiental: Reconoce a empresas que cumplen con los requisitos básicos de gestión ambiental y demuestran compromiso con la mejora.
b) Avanzado- Gestión Ambiental Responsable: Reconoce a empresas que han implementado prácticas ambientales sistemáticas y demuestran resultados.
c) Excelente- Excelencia Ambiental: Reconoce a las empresas líderes en sostenibilidad y mejora continua.
El Intendente reglamentará los requisitos y condiciones para la obtención de cada uno de los distintivos.
| Fuente | Observaciones |
| Dto.Jta.Dep. 4124/2026 de 2026-09-09 | Artículo 37 |
Nota: Vigencia: ver artículo 2º del Decreto Departamental Nº 4124/2026.
Vigencia.
El distintivo Sello Verde Maldonado en cualquiera de sus niveles de graduación, tendrá vigencia de dos años, contados a partir de la fecha de su otorgamiento. Las empresas que pretendan mantener el Sello podrán solicitar su renovación, cuyas condiciones las establecerá la reglamentación.
| Fuente | Observaciones |
| Dto.Jta.Dep. 4124/2026 de 2026-09-09 | Artículo 38 |
Nota: Vigencia: ver artículo 2º del Decreto Departamental Nº 4124/2026.
Suspensión, revocación y pérdida de beneficios.
El Sello Verde Maldonado podrá ser revocado por el Intendente Departamental cuando la empresa distinguida:
a) incurra en infracción ambiental o falta de cumplimiento de las obligaciones con la Administración;
b) deje de cumplir los requisitos que fundaron su otorgamiento;
c) lo haya obtenido mediante información falsa o inexacta. En casos de indicios claros de incumplimiento que pueda afectar significativamente la credibilidad del programa, el Intendente Departamental podrá disponer preventivamente la suspensión del uso del distintivo mediante resolución fundada. La revocación o suspensión determinará, en los términos que correspondan, la pérdida del uso del distintivo y de los beneficios asociados.
| Fuente | Observaciones |
| Dto.Jta.Dep. 4124/2026 de 2026-09-09 | Artículo 39 |
Nota: Vigencia: ver artículo 2º del Decreto Departamental Nº 4124/2026.