TASA DE CONTRALOR DE HIGIENE AMBIENTAL
La tasa de Contralor de Higiene Ambiental correspondiente a cada establecimiento comercial se determinará en función de las categorías que se detallan a continuación, según la incidencia individual del servicio de contralor de higiene ambiental prestado a su respecto en el costo global del servicio de contralor asociado:
Categoría 1 - $ 3.103,oo.
- (Agencia de colocaciones; alquileres de bicicletas, motos, ciclomotores y/o cuatriciclos; alquiler de venta de DVD-Blue ray. Video juegos y/o equipos para su proyección; antigüedades, artesanías, bijoutería; bombonerías; cerrajerías, cocinas artesanales (dentro de viviendas sin venta al público in situ); cyber locutorio; escritorios comerciales, seguros, trámites; escuelas náuticas menores (surf, windsurf, ketesurf, buceo); estacionamiento tarifado o alquiler de cocheras (menor a diez plazas); estudios fotográficos; estudios o consultorios profesionales; florería jardín de infantes, guarderías, academias o institutos (hasta cincuenta alumnos); kiosco (fuera de espacios públicos); librerías; manicura/podóloga; masajista; mercerías; mimbrería; peluquería (hasta dos sillones); provisión-almacén de hasta 20 m2; puestos de frutas y verduras; relojerías, reparación de calzados; sastrería-modista; tapicerías; tintorerías, yuyería-herboristería-botica-santería).
Categoría 2 - $ 8.203,oo.
- (Alquiler de vehículos; alquiler de maquinaria; audio bar-pool; bazar; bicicletería; cafetería de hasta tres mesas; canchas deportivas; cantinas y comedores estudiantiles; carnicería-pollería; carpinterías; carros de comidas al paso-Food trucks; casas de compra venta-remates-consignaciones; casa de pesca, caza o camping; centros de enseñanza, academias, institutos de 50 y hasta 300 alumnos; clubes cannabicos; decoración; distribuidoras y depósitos de hasta 300 m2; equipamientos; empresas constructoras; emisoras de radio-emisoras señal de cable; empresa de seguridad-transporte de valores; entretenimientos electrónicos; estacionamiento tarifado o alquiler de cocheras de 11 a 50 plazas; estudios publicitarios; fábrica de pastas; fábricas o industrias en general de hasta 300m2; farmacia-homeopatía; ferretería-barraca de hasta 300m2; fiambrerías; financieras -casas de crédito-; gimnasios; gomerías; granjas; heladerías; herrerías; hogares de ancianos; imprenta-taller de serigrafía-ploteado; inmobiliarias-administraciones de propiedades; joyerías; jugueterías; lavadero en general; laboratorios-clínicas-policlínicas menores a 300m2; leñerías; licorerías-vinerías o similares; minimercados-supermercados-provisión-almacén de hasta 300m2; mueblerías; ópticas; panaderías-panificadoras; papelerías; peleterías-talabarterías; perfumerías-cosméticas; pescaderías; pinturerías; pizzerías-chiveterías de hasta tres mesas; redes de cobranza-casas de cambio-financieras; repuestos; rotiserías; salón de belleza-peluquerías de más de dos sillones; salones de té; sedes-clubes sociales; servicios sanitarios (barométricas-baños químicos-fumigación-limpieza-mantenimiento de piscinas); SPA sex shop-boutique erótica; talleres mecánicos; tatuajes y afines; tiendas en general: venta de electrodomésticos, audios, electrónica, telefonía, computación, ropa, accesorios; tornerías; tornillerías; transporte de pasajeros; transporte de carga; venta y recarga de gas; veterinarias-agro veterinaria-estética canina; vidriería; vivero.
Categoría 3 - $ 23.914,oo
- (Agencia de loterías y quinielas; automotoras; banco; bar de camareras o similares; boites, pub, resto pub, cabarets, locales bailables; camping de más de doscientas plazas; canales de TV; colegios, academias, universidades o institutos de enseñanza de más de 400 alumnos; depósitos o distribuidoras de más de 300m2; discotecas; empresa fúnebre; establecimientos turísticos rurales; estacionamiento tarifado o alquiler de cocheras de 51 a 200 plazas; estaciones de servicio; fábricas o industrias en general de 300 a 500 m2; ferias no eventuales; food trucks; guarderías náuticas de embarcaciones a motor o vela; hotel, Hostel, hostal de hasta 40 habitaciones; casa de huéspedes-pensionado; kioscos en espacio público; laboratorios, clínicas, policlínicas de más de 300 m2; parque de diversiones; restaurante-resto pub; salas de cine-teatros; salones de eventos; supermercados de 301 a 400 m2; tiempo compartido).
Categoría 4 - $ 37.105,oo
- (Barracas, ferreterías; cementerio de mascotas; cementerio parque; estacionamiento tarifado o alquiler de cocheras de 201 a 500 plazas; fábricas o industrias en general de más de 500m2; hoteles, hosteles, hostales de más 40 habitaciones; moteles de alta rotatividad; paradores en espacios públicos; prostíbulo; sanatorios; supermercados de 401 hasta 500 m2).
Categoría 5 - $ 148.425,oo
- (Supermercados de más de 500 m2).
Aquellos locales comerciales con un único contribuyente, en los que previamente se haya autorizado el funcionamiento de más de una actividad, tributará de acuerdo a la perteneciente a la categoría de mayor valor.
(Artículo 94º - Decreto Departamental Nº 4036)