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VOLUMEN VI
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO XI
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CAPÍTULO IV
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SECCIÓN I
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Beneficios
Las empresas que resulten distinguidas con el Sello Verde Maldonado podrán acceder a los siguientes beneficios:
a) reconocimiento oficial por parte de la Intendencia a través de la publicación en el sitio web institucional.
b) derecho de uso de logotipo del Sello en sus comunicaciones.
c) distinción pública anual en el marco de las actividades vinculadas al ambiente que realice la Intendencia.
d) beneficios fiscales que se puedan establecer con anuencia de la Junta Departamental.
| Fuente | Observaciones |
| Dto.Jta.Dep. 4124/2026 de 2026-09-09 | Artículo 40 |
Nota: Vigencia: ver artículo 2º del Decreto Departamental Nº 4124/2026.
Facultad
Facúltase al Ejecutivo Departamental a asignar puntaje en los factores de ponderación de los procedimientos competitivos de contratación pública, a las empresas que sean distinguidas con el Sello Verde Maldonado.
Dicho puntaje será del 4 % (cuatro por ciento) de los puntos técnicos asignables, se regirá por criterios objetivos y se aplicará siempre que la empresa no cuente con antecedentes negativos.
| Fuente | Observaciones |
| Dto.Jta.Dep. 4124/2026 de 2026-09-09 | Artículo 41 |
Nota: Vigencia: ver artículo 2º del Decreto Departamental Nº 4124/2026.