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VOLUMEN VI
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO XI
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CAPÍTULO II
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SECCIÓN I
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Comisión Técnica.
Facúltase al Ejecutivo Departamental a constituir una Comisión Técnica integrada por tres representantes de las unidades funcionales con competencia en la materia de la Intendencia y dos representantes del ámbito académico, con sus respectivos alternos, para coordinar las acciones del programa y dictaminar sobre el otorgamiento del Sello.
El funcionamiento y las decisiones de la Comisión deberán documentarse en actas.
Los procedimientos de evaluación y otorgamiento serán objeto de revisión independiente, al menos una vez durante cada período de vigencia del programa, y sus resultados serán públicos.
Nota: Vigencia: ver artículo 2º del Decreto Departamental Nº 4124/2026.
| Fuente | Observaciones |
| Dto.Jta.Dep. 4124/2026 de 2026-09-09 | Artículo 33 |